TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LA PISCINA Y DEMÁS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES:
TASA POR LA UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑO, DUCHAS, PISCINAS , INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS:
ATENCIONES: Para grupos, clientes o tratamientos especiales cortesía de plato de frutos secos, brocheta de fruta, zumo.
SEGUIMIENTO: Cita previa bajo disponibilidad. Exclusividad grupos, plus consultar.
Descuentos especiales a grupos:
Residencias Grupos de 10 personas: 5%.
Grupos Empresas de más de 10 personas: 5%.
De más de 20 personas: 10%.
Tasa conjunta por utilización Gimnasio y Centro Termal 1/ semanal (Baños Árabes)
Gimnasio/1 semanal C. Termal 15,00 €/ persona/12 días al mes + 20,00 € = 35,00 €.
20,00 € persona/mes + 20,00 € = 40,00 €.
Aeróbic/1 semanal C. Termal 10,00 € persona/mes + 20,00 € = 30,00 €.
G. Mantenimiento/ 1 semanal C. Termal 10,00 € persona/mes + 20,00 € = 30,00 €.
Asistencia a dos actividades (Aeróbic y G. Mant.) / 1 semanal C. Termal
2 horas 15,00 € persona/mes + 20,00 € = 35,00 €.
Spinning 1 sesión 15,00 € persona/mes + 20,00 € = 35,00 €.
Spinning + 1sesión + Actividad (Aeróbic y G. Mantenimiento) / 1 semanal C.
Termal 20,00 € persona/mes + 20,00 € = 40,00 €
TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL:
Ocupación temporal nicho por 6 años: 70,00 €.
Ocupación nicho 50 años: 450,00 €.
TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DE LAS VÍAS PÚBLICAS CUYO TITULAR ES EL AYUNTAMIENTO DE ALCARACEJOS
Entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de aparcamiento exclusivo:
Reserva de espacios y prohibición de aparcamientos.
1ª Solicitud cada vehículo 50,00 € (Reserva + Placa).
Cada vehículo 45,00 € (anual).
Varios vehículos 25,00 €/ c.u. (dos o más propietarios).
TASA POR OCUPACIÓN DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DE LA VÍA PÚBLICA
Ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas y con finalidad lucrativa:
De 1 a 10 Mesas: 100,00 euro/anual.
De 11 a 20 Mesas: 180,00 euro/anual.
Días de Feria y Fiestas más de 20 mesas: 50,00 €.
Por cada mesa más de lo declarado 10,00 €/mes.
A) Tasa por Ocupaciones de la Vía Pública con Máquinas Expendedoras de Productos de Alimentación y/o Bebidas.
Calles categoría única, por máquina, al año 60,00 €.
B) Tasa por ocupaciones de la Vía Pública acceso a cajeros automáticos Entidades Financieras.
La tarifa por las ocupaciones a que se refiere este Epígrafe será de 600,00 € por máquina o similar al año.
C) Tasa por ocupaciones del Vuelo de toda clase de Vías Públicas con Marquesinas, Toldos, Paravientos y otras Instalaciones semejantes, voladizas sobre la Vía Pública o que sobresalgan de la Línea de la Fachada.
La tarifa por las ocupaciones a las que se refiere este Epígrafe será de 1 €/m², por cada metro cuadrado o fracción, al año.
TASA POR ASISTENCIAS Y ESTANCIAS EN HOGARES Y RESIDENCIAS DE ANCIANOS, GUARDERÍAS INFANTILES, ALBERGUES Y OTROS ESTABLECIMIENTOS DE NATURALEZA ANÁLOGA
La Tasa por servicio de comida al exterior a domicilio, se devenga y nace desde el 1º día de la quincena correspondiente en el cual se incorpora al servicio y deberán presentar en la Tesorería Municipal, documento acreditativo del ingreso correspondiente.
-Estancia y pensión completa en habitación individual o doble, por día.
Residencia Mayores Antonio Mansilla.
(Asistidos) 33,00 € 900,00 €.
(Válidos) 33,00 € 900,00 €.
-Estancia y pensión completa en habitación individual o doble por día Centro de Alzheimer 44,00 € 1.300,00 €.
A los actuales residentes (Residencia Mayores Antonio Mansilla, Centro de Alzheimer) se le incrementa la tasa en 50,00 € al mes durante el año 2013, y se aumentará todos los años proporcionalmente hasta que alcancen la tasa establecida para los de nueva incorporación.
-Estancia en la UCED por día 20,00 €.
-Tarde y Cena 25,00 €.
-Transporte por mes 84,14 €.
-Reserva de Plaza 50%.
SERVICIO COMIDA EN EL CENTRO PARA ACOMPAÑANTES
Desayuno 1,50 €.
Almuerzo 7,00 €.
Cena 7,00 €.
SERVICIO COMIDA EN EL CENTRO
Para > 65 Años y para Discapacitados > 60 Años.
Desayuno 1,50 €.
Almuerzo 4,70 €
Cena 4,70 €
SERVICIO COMIDA EXTERIOR
Almuerzo 4,70 €.
Cena 4,70 €.
Los beneficiarios del servicio de comida deberán liquidar previamente como mínimo quince comidas.
8. Servicio de Fisioterapeuta
Personas no residentes Pensionistas o discapacitados, Sesión 8,00 €.
Personas no residentes, Sesión 10,00 €.
BONIFICACIÓN SERV. COMIDAS 14% SI INGRESOS NO EXCEDEN DE 600,00 € Mensuales/Persona. Precio mínimo 4,00 € en comida
-Utilización de la Sala de Velatorio y dependencias anexas, en la Residencia Mayores Antonio Mansilla 100,00 €.
ESCUELA INFANTIL
Atención socioeducativa, aula de acogida en Horario 7:30 a 17,00 horas Ingresos familiares brutos.
PRECIO
Hasta 1 S.M.I. 88,11 €/mes.
Entre 1 y menos de 2 S.M.I. 110,00 €/mes.
Entre 2 y menos de 3 S.M.I. 121,00 €/mes.
Entre 3 y menos de 4 S.M.I. 132,00 €/mes.
A partir de 4 veces S.M.I. 148,00 €/mes.
La Prestación de asistencia alimentaria 15,00 €/mes La cuota resultante se reducirá un 30% en el caso de que una familia sea usuaria de dos o más plazas.
TASA POR VISITAS A MUSEOS, EXPOSICIONES, BIBLIOTECAS, U OTROS CENTROS O LUGARES ANÁLOGOS
Tarifa 1. Museos
1. Por cada persona autorizada:
1.1 Museo de la Matanza. Entrada: 1,00 €.
1.2 1 Museo de la Matanza. Entrada + Degustación: 3,50 €.
PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE FOTOCOPIADORA E IMPRESIÓN
Bonificación a partir de 20 fotocopias precio 0,10 €.
Se concederá bonificaciones en el 100% de las fotocopias, necesaria en los expedientes tramitados de ayuda social, y el 50% en la tramitación de documentación oficial en procedimientos y expedientes de las Asociaciones y colectivos municipales.
PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE CASETA MUNICIPAL Y MERENDERO PÚBLICO Y PISCINA.
a) Por cada 24 horas o fracción de uso del local Merendero Público: 300,00 €. Excepto el Día de Andalucía y el Día del Campo.
b) Por cada 24 horas o fracción de uso del local Piscina Municipal: 600,00 € Excepto durante la época estival, desde el 24 de junio a 31 de agosto.
c) Por cada 24 horas o fracción de uso de la Caseta Municipal: 400,00 € Excepto durante la Feria, Día de San Isidro, Virgen de Guía y fiestas locales.
Por Entrada y Visita al Salón Recreativo – Cultural Infantil de Alcaracejos.
El importe de los precios públicos serán los siguientes:
TASA POR LA CELEBRACIÓN DE BODAS CIVILES
Se fija una cuota única de 50 euros por boda.
Si con posterioridad al pago de la liquidación el acto de la celebración en sí del matrimonio no llegase a celebrarse, se devolverá al sujeto pasivo el 50 % de la cuantía de la tasa pagada.
TASA IMPUESTO BIENES INMUEBLES
El tipo de gravamen del IBI aplicable a los bienes de naturaleza Urbana queda fijado en el 0, 655 %.
El tipo de gravamen del IBI aplicable a los bienes de naturaleza Rústica queda fijado en el 1,10 %